OBLIGACIÓN DE QUE LOS PLANES ACEPTEN APORTACIONES COMPENSATORIAS
En vigor para: Ejercicios fiscales iniciados después del 31.12.2023
Se aplica a: Planes 401(k), planes 403(b) y planes gubernamentales 457(b).
En general, el Código Fiscal permite que un plan permita a los partícipes de 50 años o más realizar aplazamientos electivos del salario por encima del límite anual normal. Estas cotizaciones se denominan «de recuperación».
En virtud de SECURE 2.0, si un plan desea seguir poniendo a su disposición las aportaciones de recuperación, deberá cumplir lo siguiente:
- Las aportaciones para ponerse al día realizadas por un partícipe cuyo salario (a efectos del impuesto FICA) procedente de la empresa que patrocina el plan supere los 145.000 $ (ajustados a la inflación) en el año natural precedente deben realizarse en régimen Roth.
- Si la norma anterior se aplica a algún partícipe en un año del plan, el plan debe permitir (pero no tiene por qué exigir) que todos los demás partícipes opten por realizar aportaciones Roth para ponerse al día.
Como parte de esta disposición, el Congreso también hizo una enmienda de conformidad que eliminó la sección del Código Tributario que permite las contribuciones de recuperación en primer lugar. Así lo han señalado varios participantes del sector. El 23 de mayo de 2023, los líderes del Comité de Medios y Arbitrios de la Cámara de Representantes y del Comité de Finanzas del Senado enviaron una carta al Departamento del Tesoro y al IRS reconociendo este problema y señalando que tienen la intención de introducir una corrección técnica para solucionarlo.
Sin embargo, quedan otras cuestiones abiertas en torno a la aplicación de esta disposición. Por ejemplo, hay preguntas sobre el seguimiento de los salarios FICA por parte de los patrocinadores del plan, si el IRS ampliará los requisitos expresos de la norma en relación con las contrataciones a mitad de año o los aplazamientos Roth en general, y cómo interactuará la norma con el uso de contribuciones de recuperación recalificadas para pasar la prueba de no discriminación.
Teniendo en cuenta estas cuestiones abiertas y otras preocupaciones en torno a la aplicación de esta disposición antes del 1 de enero de 2024, varios participantes de la industria enviaron cartas al Congreso y al Departamento del Tesoro en el verano de 2023 buscando alguna combinación de orientación prioritaria sobre la norma o un retraso de dos años en su fecha de entrada en vigor.
En respuesta a este impulso, el IRS publicó el Aviso 2023-62 el 25 de agosto de 2023. Esta notificación anunciaba un «periodo de transición administrativa» de dos años durante el cual se retrasará la aplicación de esta norma. Además, el IRS señaló que los partícipes pueden seguir haciendo aportaciones para ponerse al día y que publicará orientaciones adicionales sobre la norma para resolver las cuestiones pendientes antes de la nueva fecha de entrada en vigor.