Resumen de las contribuciones al plan


Este resumen ofrece información sobre las principales disposiciones de SECURE 2.0 que afectarán a las aportaciones a los planes de jubilación a corto plazo. Aunque es posible que la normativa y las orientaciones modifiquen parte de esta información, este resumen ofrece un desglose de las disposiciones clave en su versión actual e incorpora las orientaciones del Aviso 2024-2 del IRS.

Para todas las disposiciones SECURE 2.0, los planes tendrán de plazo hasta el 31 de diciembre de 2026 para adoptar una modificación del plan conforme (prorrogado por la Notificación 2024-2). Esta fecha se amplía aún más en el caso de los planes gubernamentales y de negociación colectiva.

DISPOSICIONES QUE AUMENTAN EL USO DE LAS APORTACIONES ROTH

Contribuciones Roth complementarias y no optativas de la empresa

OPCIONAL PARA PLANES
En vigor para: Cotizaciones efectuadas después del 29.12.2022
Se aplica a: Planes 401(k), planes 403(b) y planes gubernamentales 457(b).

Con arreglo a la legislación anterior, las cotizaciones complementarias y no optativas de la empresa debían efectuarse antes de impuestos. SECURE 2.0 permite (pero no exige) que los planes ofrezcan a los partícipes la opción de elegir estas aportaciones realizadas sobre una base Roth. Los planes pueden ofrecer algunas opciones de Roth, pero no todas, si así lo desean.

Si el plan permite las elecciones Roth para las aportaciones de la empresa, sólo podrán realizarlas los empleados que hayan adquirido la totalidad del derecho al tipo de aportación correspondiente.

Las aportaciones empresariales Roth no se consideran salario a efectos de retenciones o, salvo en el caso de determinados planes gubernamentales, de impuestos sobre el empleo. Por lo tanto, los trabajadores por cuenta ajena que opten por las cotizaciones empresariales Roth pueden tener que aumentar las retenciones o efectuar pagos estimados de impuestos para evitar una sanción por pago indebido.

Las obligaciones de declaración que se aplican a una aportación empresarial Roth son las mismas que si (1) la aportación hubiera sido la única realizada a la cuenta de un particular en virtud del plan, y (2) la aportación, una vez asignada a esa cuenta, se hubiera transferido directamente a una cuenta Roth designada en el plan como una transferencia Roth dentro del plan. Estas cotizaciones son imponibles a los trabajadores y deben declararse mediante el formulario 1099-R correspondiente al año en que se asignan.

Aportaciones Roth de recuperación para grandes asalariados

OBLIGACIÓN DE QUE LOS PLANES ACEPTEN APORTACIONES COMPENSATORIAS
En vigor para: Ejercicios fiscales que comiencen después del 31.12.2023 (prorrogado hasta el 31.12.2025 según las directrices del IRS)
Se aplica a: Planes 401(k), planes 403(b) y planes gubernamentales 457(b).

En general, el Código Fiscal permite que un plan permita a los partícipes de 50 años o más realizar aplazamientos electivos del salario por encima del límite anual normal. Estas cotizaciones se denominan «de recuperación».

En virtud de SECURE 2.0, si un plan desea seguir poniendo a su disposición las aportaciones de recuperación, deberá cumplir lo siguiente:

  1. Las aportaciones para ponerse al día realizadas por un partícipe cuyo salario (a efectos del impuesto FICA) procedente de la empresa que patrocina el plan supere los 145.000 $ (ajustados a la inflación) en el año natural precedente deben realizarse en régimen Roth.
  2. Si la norma anterior se aplica a algún partícipe en un año del plan, el plan debe permitir (pero no tiene por qué exigir) que todos los demás partícipes opten por realizar aportaciones Roth para ponerse al día.

Como parte de esta disposición, el Congreso también hizo una enmienda de conformidad que eliminó la sección del Código Tributario que permite las contribuciones de recuperación en primer lugar. Así lo han señalado varios participantes del sector. El 23 de mayo de 2023, los líderes del Comité de Medios y Arbitrios de la Cámara de Representantes y del Comité de Finanzas del Senado enviaron una carta al Departamento del Tesoro y al IRS reconociendo este problema y señalando que tienen la intención de introducir una corrección técnica para solucionarlo.

Sin embargo, quedan otras cuestiones abiertas en torno a la aplicación de esta disposición. Por ejemplo, hay preguntas sobre el seguimiento de los salarios FICA por parte de los patrocinadores del plan, si el IRS ampliará los requisitos expresos de la norma en relación con las contrataciones a mitad de año o los aplazamientos Roth en general, y cómo interactuará la norma con el uso de contribuciones de recuperación recalificadas para pasar la prueba de no discriminación.

Teniendo en cuenta estas cuestiones abiertas y otras preocupaciones en torno a la aplicación de esta disposición antes del 1 de enero de 2024, el IRS publicó el Aviso 2023-62 el 25 de agosto de 2023. Esta notificación anunciaba un «periodo de transición administrativa» de dos años durante el cual se retrasará la aplicación de esta norma. Además, el IRS señaló que los partícipes pueden seguir haciendo aportaciones para ponerse al día y que publicará orientaciones adicionales sobre la norma para resolver las cuestiones pendientes antes de la nueva fecha de entrada en vigor.

OTRAS DISPOSICIONES QUE AFECTAN A LAS APORTACIONES AL PLAN

Afiliación automática obligatoria

OBLIGATORIO PARA LOS PLANES ESTABLECIDOS O LOS EMPRESARIOS QUE SE ADHIRIERON AL MEPS A PARTIR DEL 29.12.2022
En vigor para: Ejercicios iniciados después del 31.12.2024
Se aplica a: Planes 401(k) y 403(b) con características de aplazamiento del pago por parte del empleador.

Determinados planes establecidos a partir del 29 de diciembre de 2022 deberán añadir disposiciones de aplazamiento automático y escalonamiento automático para los aplazamientos de los participantes. La norma también se aplica a los empleadores que se unieron a un plan de empleadores múltiples (MEP) a partir del 29 de diciembre de 2022.

Los aplazamientos automáticos deben iniciarse durante el primer año de participación a un porcentaje comprendido entre el 3% y el 10% de la remuneración del partícipe, incrementándose un 1% anual hasta un mínimo del 10% y un máximo del 15%. Los planes deben permitir a los partícipes realizar retiradas de fondos dentro de los 90 días siguientes al primer aplazamiento automático. Además, el partícipe puede renunciar a los aplazamientos o incrementos o elegir un porcentaje de aplazamiento diferente.

Los importes aportados automáticamente deben invertirse en un mecanismo de inversión cualificado por defecto, a menos que el partícipe elija lo contrario.

Los requisitos no se aplican a los siguientes planes:

  1. Planes gubernamentales
  2. Planes para la iglesia
  3. Un plan mientras la empresa que lo mantiene (y cualquier empresa predecesora) tenga menos de tres años de existencia. Esto se aplica individualmente a cada empresario de un PEM.
  4. Un plan anterior a la fecha que sea un año posterior al cierre del primer ejercicio fiscal en el que el empresario que mantiene el plan empleó normalmente a más de 10 trabajadores. Esto se aplica individualmente a cada empresario de un PEM.

Contribuciones de contrapartida de préstamos estudiantiles

OPCIONAL PARA PLANES
En vigor para: Ejercicios iniciados después del 31.12.2023
Se aplica a: IRA SIMPLE, planes 401(k), planes 403(b) y planes gubernamentales 457(b).

SECURE 2.0 permite a los empleadores realizar contribuciones de contrapartida a cuenta de los «pagos cualificados de préstamos estudiantiles». A estos efectos, un «pago cualificado de préstamo estudiantil» es un pago efectuado por un empleado para reembolsar un préstamo cualificado de educación obtenido por el empleado para pagar gastos cualificados de educación superior, pero sólo:

  1. En la medida en que dichos pagos en conjunto para un año no superen el límite de aplazamiento 402(g) cuando se añadan a los aplazamientos optativos realizados durante el año, y
  2. Si el trabajador certifica anualmente a la empresa que realiza la aportación de contrapartida que se ha efectuado el pago del préstamo. El empresario puede basarse en esta certificación.

El IRS aún no ha publicado orientaciones sobre esta disposición.

«Gastos cualificados de educación superior» significa el coste de asistencia a una institución educativa elegible según se define en la Sección 221(d)(2) del Código Tributario.

Por lo general, las aportaciones complementarias a cuenta de los pagos de préstamos estudiantiles cualificados deben realizarse en las mismas condiciones que las aportaciones complementarias a cuenta de los aplazamientos optativos, incluso con respecto a la elegibilidad, el porcentaje y la adquisición de derechos.

Los planes pueden tratar los pagos de préstamos estudiantiles como un aplazamiento o una contribución después de impuestos a efectos de las normas SIMPLE, de puerto seguro, QACA o 401(k) inicial. A todos los demás efectos, el pago del préstamo estudiantil no se considera una aportación al plan. Además, los planes pueden aplicar los requisitos de la prueba PEA por separado con respecto a todos los empleados que reciban aportaciones de contrapartida del pago del préstamo estudiantil en el año del plan.

SECURE 2.0 ordena al Secretario del Tesoro que prescriba la normativa de aplicación de esta norma, incluida la reglamentación:

  1. Permitir que un plan realice aportaciones de contrapartida sobre las aportaciones de préstamos estudiantiles con una frecuencia diferente a la de otras aportaciones de contrapartida (no inferior a la anual),
  2. Permitir que las empresas establezcan procedimientos razonables para que los empleados reclamen las aportaciones paralelas, incluido un plazo anual (no antes de tres meses tras el cierre del año del plan), y
  3. Publicar modelos de enmiendas al plan que puedan ser adoptados por los planes.

Aumento de los límites de las cotizaciones complementarias

OPCIONAL PARA PLANES
En vigor para: Ejercicios fiscales que comiencen después del 31.12.2024
Se aplica a: Planes 401(k), planes 403(b) y planes gubernamentales 457(b).

Como se ha descrito anteriormente, el Código Tributario permite a los partícipes de 50 años o más realizar aportaciones de recuperación por encima del límite de aplazamiento electivo anual normal. Con arreglo a la legislación anterior, el límite anual de las aportaciones para ponerse al día era el mismo para todos los afiliados de 50 años o más.

SECURE 2.0 establece límites de cotización compensatorios más elevados para los afiliados de 60 a 63 años, que no alcanzarían la edad de 64 años antes del cierre del ejercicio fiscal correspondiente. El límite incrementado para los planes que no sean SIMPLE es el mayor de los siguientes

  1. 10.000 dólares (ajustados a la inflación), y
  2. 150% del límite normal de recuperación.

Aumentos retroactivos de prestaciones hasta el vencimiento de la declaración de la renta del empresario

OPCIONAL PARA PLANES
En vigor para: Ejercicios iniciados después del 31.12.2023
Se aplica a: Planes cualificados

SECURE 2.0 permite a los promotores de planes cualificados modificar retroactivamente el plan para aumentar las prestaciones del mismo (salvo el aumento de la cuantía de las aportaciones paralelas). La modificación debe adoptarse antes de que venza el plazo para que el empresario presente su declaración de la renta (incluidas las prórrogas) y no puede hacer que el plan incumpla ningún otro requisito del Código Tributario.

Si el empresario opta por ello, las modificaciones que cumplan la normativa se considerarán adoptadas el último día del año del plan en el que la modificación entre en vigor.

Eliminación de la regla del "primer día del mes" para los planes gubernamentales 457(b)

OPCIONAL PARA PLANES
En vigor para: Ejercicios fiscales que comiencen después del 29.12.2022
Se aplica a: Planes gubernamentales 457(b)

Con arreglo a la legislación anterior, para que un partícipe pudiera optar por realizar aplazamientos a un plan 457(b) durante cualquier mes, tenía que suscribir un acuerdo con la empresa en el que se dispusiera el aplazamiento antes del inicio del mes.

SECURE 2.0 elimina este requisito para los planes gubernamentales 457(b) y permite los aplazamientos siempre que el partícipe celebre un acuerdo con la empresa que prevea el aplazamiento antes de que se ponga a disposición la indemnización.

La regla del «primer día del mes» sigue vigente para los planes 457(b) patrocinados por entidades exentas de impuestos (no gubernamentales).

Los servicios fiduciarios se ofrecen a través de Alerus Financial, N.A., que no proporciona asesoramiento jurídico ni fiscal. La información y las opiniones contenidas en esta comunicación tienen carácter meramente informativo y no pretenden ofrecer asesoramiento o recomendaciones fiscales, jurídicas o de inversión para ninguna situación o tipo de plan de jubilación en particular. Nada de lo contenido en esta comunicación debe interpretarse como una orientación jurídica, fiscal o de inversión, ni como la única autoridad sobre cualquier normativa, ley o resolución aplicable a un plan o situación específicos. Los promotores de planes deben consultar siempre al asesor jurídico o fiscal del plan para obtener asesoramiento sobre cuestiones específicas del plan. Las declaraciones de hechos proceden de fuentes consideradas fiables, pero no se hace ninguna declaración ni se garantiza su integridad o exactitud. Todo el material procede de fuentes consideradas fiables, pero no puede garantizarse su exactitud. Las opiniones presentadas en esta comunicación están sujetas a cambios sin previo aviso.