¿Recibo un crédito de servicio del plan por mi periodo de servicio militar?
Sí, el plan de jubilación tratará su tiempo de servicio militar como si hubiera seguido trabajando para su empresa. Recibirá crédito de servicio por todo el período de ausencia a efectos de elegibilidad del plan, adquisición de derechos y servicio requerido para recibir las contribuciones de la empresa. El servicio militar cualificado no se considera una interrupción del empleo a efectos de las normas de interrupción del servicio y de adquisición de derechos, ni para la acumulación de prestaciones.
Por ejemplo: Joe trabajó durante todo el año 2015 y 2016 y se ausentó durante todo el 2017 por servicio uniformado. Cuando se reincorpore a su puesto de trabajo el 1 de enero de 2018, Joe tendrá tres años de servicio devengado: 2015 y 2016 (años de empleo) y 2017 (año de servicio uniformado). Se trata de la misma adquisición de derechos que Joe habría alcanzado si hubiera seguido trabajando activamente durante esos tres años.