¿Qué opciones hay para subsanar el préstamo que está fuera del periodo de subsanación?

Las opciones dependen de si usted o el empleado son los causantes del impago del préstamo.

  1. Si el empleado no ha pagado, el saldo del préstamo debe declararse a Hacienda como una distribución imponible a partir del último día del periodo de subsanación.
  2. Si las acciones del empleador causaron el fracaso de la devolución (por ejemplo, un error en la retención de la nómina), entonces el IRS permite una corrección utilizando su programa de autocorrección (SCP). El procedimiento de corrección consiste en poner el préstamo al día mediante un reembolso único, la reamortización del saldo pendiente o una combinación de ambos.

Nota: El SCP tiene normas adicionales. No todas las situaciones de impago cumplen los requisitos. Para más información, póngase en contacto con el administrador de Alerus asignado a su plan.